Unidad de Atención al Cliente
El BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A. Banco Universal pone a disposición de sus clientes y usuarios la Unidad de Atención al Cliente y Usuario Bancario BNC para atender, evaluar, aceptar, analizar, tramitar y decidir sus denuncias, reclamos o quejas, en relación a cualquier servicio, producto, transacción, operación, irregularidad o atención recibida por BNC. En caso de denuncias, reclamos o quejas, podrás realizarlas a través de:
- Red de Agencias y Taquillas en todo el territorio nacional.
- Centro de Atención Telefónica 0500-BNC-5000 (2625000)
- Buzón de correo electrónico servicliente@bnc.com.ve
La denuncia, reclamo o queja, deberá contener la siguiente información y recaudos:
- Personas Naturales: nombres, apellidos, número de Cédula de Identidad o pasaporte, en caso de ser extranjero no residenciado, domicilio, dirección, número telefónico y correo electrónico
- Personas Jurídicas: denominación o razón social, número de Registro Único de Información Fiscal (RIF), dirección, número telefónico y correo electrónico
- Carta explicativa con el motivo de la denuncia, reclamo o queja, indicando la oficina, departamento o servicio donde se originó
- Lugar, fecha y firma
- Pruebas documentales o soportes
- Fotocopia de la Cédula de Identidad, pasaporte o Registro Único de Información Fiscal (RIF), según sea el caso
En caso que la denuncia, reclamo o queja haya sido realizada a través del Centro de Atención Telefónica, deberás dirigirte a la Agencia BNC más cercana, con la información y recaudos aquí solicitados (aplica para operaciones no reconocidas, realizadas en puntos de venta y cajeros automáticos). Una vez que BNC haya recibido toda la información y recaudos exigidos por la normativa legal vigente, la Unidad de Atención al Cliente y Usuario Bancario BNC dará respuesta en un lapso no mayor de veinte (20) días continuos, contados a partir de la presentación de la denuncia, reclamo o queja, según lo establecido en la Resolución 063-15 “Normas Relativas a la Protección de los Usuarios y Usuarias de los Servicios Financieros” dictada por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). (Resolución 063-15)